viernes, 21 de noviembre de 2014

Telefonema

Se denominan telefonemas a los despachos telefónicos motivados por incidencias en la circulación o en las comunicaciones, por cierre o apertura de estaciones o para concretar la circulación de los trenes. Los telefonemas se ajustan a las formulas establecidas en el correspondiente Reglamento de Circulación de la compañía ferroviaria y deben quedar registrados en el libro o libros al efecto, dejando constancia del número de orden recibido o expedido, hora, texto y firma.


MELCH/vjrg

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