Acuerdo es, en Derecho, la decisión tomada en común por dos o
más personas, o por una junta, asamblea o tribunal. También se denomina ASÍ a
un pacto, tratado, convenio, convención o resolución tomada en el seno de una
institución (cualquier tipo de ORGANIZACIÓN o empresa, públicas o privadas,
nacionales o internacionales).
Es, por lo tanto, la manifestación de una convergencia de
voluntades (decisión por consenso) con la FINALIDAD de producir efectos
jurídicos. El principal efecto jurídico del acuerdo es su obligatoriedad para
las partes QUE lo otorgan (Pacta sunt servanda) naciendo para las mismas
obligaciones y derechos (contrato bilateral o sinalagmático).
La validez jurídica de un acuerdo se PRODUCE cualquiera que
sea la forma de su celebración, oral o escrita, siempre que el consentimiento
de los otorgantes sea válido y su objeto cierto, determinado, no esté fuera del
comercio o sea imposible.
Ejemplo:
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